|
ANEXO
Nº 1
“Informe sobre la redacción de Estatutos de la Confraternidad
Getsemaní”
Que presenta
la Antigua Hermandad del Santísimo Rosario y Cofradía
de Nazarenos de la Sagrada Oración de Nuestro Señor
Jesucristo en el Huerto y Nuestra madre y Señora de los
Dolores de Dos Hermanas en el VII Congreso Nacional de HH. y
CC. de la Oración en el Huerto, Getsemaní 2003
Baeza.
Estimados hermanos y hermanas en nuestro Cristo de la Oración:
Paz y bien
En nuestro VI Congreso, Getsemaní 2001 Valdepeñas,
la Hermandad de Dos Hermanas por medio de uno de sus hermanos
designado para ello propuso a la Asamblea la apertura de un
proceso estatutario con el fin de dotar a nuestra Confraternidad
de unos Estatutos para vernos aceptados como tal Confraternidad
por la Autoridad Eclesiástica.
Cuando comenzamos nuestra andadura en 1991, en nuestro primer
Congreso, Getsemaní 1991 Dos Hermanas, surgieron dos
asuntos vitales en la Asamblea de clausura:
1. Aquel encuentro cofrade no podía quedarse en único.
2. Se hacía preciso un Reglamento que viniera a regular
los encuentros sucesivos.
Así,
la Hermandad de Archidona coordinó la redacción
de un Reglamento que fue aprobado en Asamblea General en Getsemaní
1993 El Puerto de Santa María.
En definitiva se trataba de regular la elección de sede,
la convocatoria, organización y desarrollo de nuestros
congresos habiendo demostrado, desde entonces, una gran eficacia
en 1995 Úbeda, 1997 Cartagena, 1999 Teruel, 2001 Valdepeñas
y 2003 Baeza.
No obstante nuestra Confraternidad como tal no consta ante la
Autoridad Eclesiástica si bien en la Conferencia Epìscopal
constan los expedientes de todos los congresos celebrados.
Era por ello que la Hermandad de Dos Hermanas propuso hace dos
años la redacción de unos Estatutos que nos diesen
personalidad jurídica ante la Jerarquía de la
Iglesia.
Como bien se recordará esta misma Hermandad tomó
la iniciativa de dirigir la redacción de esos Estatutos
y para ello recibió el mandato de la Asamblea en Valdepeñas
2001.
Recibido y aceptado el mandato en la Hermandad de Dos Hermanas
nos pusimos manos a la obra. Sucedió el 8 de diciembre
de 2001 y antes de final del mismo mes teníamos preparado
un primer estudio que contemplaba la creación de una
Comisión redactora, el procedimiento a seguir a lo largo
de todo el proceso estatutario y un calendario que recogía
el propio trabajo de la Comisión, información
del proyecto a todas las hermandades con los correspondientes
plazos de presentación de enmiendas y así hasta
llegar a este Congreso de Baeza con un texto conocido, corregido,
depurado y consensuado listo para su aprobación en Asamblea.
A partir de aquí se procedió a una recopilación
de textos legales y normativas análogas a la que pretendíamos
redactar. Así incluimos en nuestro material de trabajo
el vigente Código de Derecho Canónico, Normas
para Hermandades y Cofradías de algunas diócesis
así como varios textos sobre Doctrina de la Iglesia y
pensamiento cofrade.
Lugar preferente dimos al Reglamento de nuestros congresos porque
el mismo, su texto y aplicación, traduce muy bien el
espíritu de nuestra Confraternidad.
Entendimos que algo importante era hacernos de Estatutos de
otras confraternidades en lo que sí encontramos algunas
sorpresas como la existencia de confraternidades muy variadas
en sus formas y de ámbito provincial o, como mucho, archidiocesano.
En este aspecto encontramos:
• Tres de la Virgen de los Dolores
• Entrada de Jesús en Jerusalén
• Sagrada Cena
• Cristo de Medinaceli
• Virgen de la Esperanza
• Virgen del Rosario
• Nuestro Padre Jesús del Gran Poder
• Cristo de la Humildad
• Cristo de la Misericordia
• Cristo Cautivo
• Ecce Homo
• Cofradías Servitas
• Virgen de la Soledad
• Quinta Angustia...
En muchos
casos sus actividades se reducen a Encuentros sin reglamentar
y que se realizan cuando alguna Hermandad toma la iniciativa.
En otros todo queda en un Encuentro anual de muy poco contenido
práctico si se deduce la celebración de la Santa
Misa y una comida de confraternidad que sí están
presente en todos los casos.
Como Confraternidad debidamente establecida encontramos cuatro:
Orden Tercera de los Siervos de María. En la práctica
no actúa como Confraternidad cofrade.
Virgen de los Dolores. Fue la primera Confraternidad, procede
del siglo XVII, tiene su sede en Madrid y actualmente está
inoperativa.
Cruz Blanca. Coordina como Confraternidad una serie de actividades
y centros de la Orden Hospitalaria.
Confraternidad de la Vera Cruz.
Ésta
última es la única que presentaba un modelo de
constitución que podría servirnos de guía.
Por ello intentamos contactar con sus dirigentes lo que, en
principio, era relativamente fácil ya que su sede oficial
está en Sevilla. Sin embargo la realidad fue distinta
porque en nuestras visitas no tuvimos la suerte de coincidir
con el Presidente a quien se nos remitía como única
opción. Tampoco obtuvimos respuesta a varios escritos.
Mediante el conocido cofraden madrileño don Enrique Guevara
Pérez contactamos con don Luis María Paz Coiras,
cofrade de Jerez de la Frontera, funcionario como asesor jurídico
de la Diócesis de Jerez y Delegado Provincial de la Confraternidad
de Hermandades y Cofradías de la Vera Cruz, condición
ésta con la que nos firmó su interesante dictamen
sobre el procedimiento a seguir. También el Sr. Paz nos
gestionó la remisión de un ejemplar de los Estatutos
de esa querida Confraternidad sin que en ello se tuviera éxito.
También establecimos contacto con el sacerdote asturiano
don José Luis García, Delegado de la Confraternidad
de la Vera Cruz en el Norte de España, quien tuvo la
amabilidad de visitarnos y darnos cuenta del procedimiento a
seguir coincidiendo con lo apuntado desde Jerez de la Frontera.
Éste sacerdote sí nos consiguió un ejemplar
de los Estatutos de la Confraternidad Vera Cruz que nos fue
entregado directamente por el Secretario de dicha Confraternidad
don José Salguero Sánchez quien nos advirtió
de algo que nos resultaba novedoso. Aquellos Estatutos, aprobados
por la Autoridad Eclesiástica en 1977, habían
sido declarados fuera de vigencia por la propia Autoridad Eclesiástica
quien instó a la Confraternidad a la redacción
de unos nuevos siguiendo un procedimiento que aun no estaba
definido.
Al margen de los contactos señalados se realizaron otras
consultas procedimentales que nos dejó claro que la redacción
de los Estatutos de nuestra Confraternidad no solo era posible
sino deseable.
También nos quedó clarificada la cuestión
de que las autorizaciones son provisionales por un plazo de
entre tres y cinco años pero las diversas fuentes de
información coincidieron en el hecho de que dada la existencia
de hecho de la Confraternidad desde 1991 y su trayectoria sin
lagunas dicho plazo a buen seguro quedaría fijado entre
uno y tres años conforme el Derecho Canónico.
Los Estatutos debían contener y desarrollar elementos
como Naturaleza de la Confraternidad, Fines, Señas de
Identidad, Sede, Órgano de Gobierno, etc...
Una vez aprobado en Asamblea General presentarlos para su aprobación
eclesiástica en la diócesis a la que correspondiera
la Sede otorgada a la Confraternidad. Comoquiera que la Hermandad
de Dos Hermanas, como Hermandad redactora del proyecto, se propondría
como Sede de la Confraternidad se hizo una consulta a dos vicarios
del Arzobispado de Sevilla quienes entendieron correcto el proceder.
De manera paralela a todas las gestiones señaladas la
Comisión de Estatutos realizaba su trabajo de redacción.
Esta Comisión la componían siete miembros, estaba
presidida por el Hermano Mayor de la Hermandad de Dos Hermanas
y a ella pertenecían hermanos y hermanas, jóvenes
y veteranos, con el fin de aglutinar la mejor y mayor representación
del espíritu cofrade.
Se diseñó un esquema para desarrollar en un articulado,
esquema que contenía lo siguiente:
Invocación Inicial.
Oración al Espíritu Santo.
Crónica de la Confraternidad.
Breve reseña de lo acontecido desde el I Congreso en
1991
TÍTULO I. Principios Fundamentales.
Fines, Sede y Señas de Identidad.
TÍTULO II. Espiritualidad.
Conforme suelen recoger normas diocesanas para HH. y CC.
TÍTULO III. Miembros de la Confraternidad
TÍTULO IV. Vida de la Confraternidad
TÍTULO V. Órganos de Gobierno
TÍTULO VI. Patrimonio
DISPOSICIONES ADICIONALES
Si hubiere lugar a ellas.
DISPOSICIONES FINALES
Si hubiere lugar a ellas.
ANEXOS
Para recoger
el Reglamento de los Congresos y las correspondientes certificaciones
de aprobación y autorización de los propios Estatutos.
La Comisión había elevado a definitivas la redacción
de buena parte del Proyecto como la Invocación Inicial,
la Crónica y buena parte del articulado.
Hasta aquí todo el trabajo realizado en el primer semestre
de 2002. Comoquiera que existía un significativo adelanto
del calendario previsto la Comisión tomaba un receso
durante la época estival para reanudar y concluir su
trabajo en el mes de septiembre lo que aun suponía dos
meses de adelanto al calendario previsto.
Nuestra Hermandad, la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas,
en razón de una de sus cotitulares pertenece igualmente
a la Confraternidad de Hermandades y Cofradías bajo la
Advocación de María Santísima de los Dolores.
Dicha Confraternidad es de ámbito provincial, ceñido
a la provincia de Sevilla, y en el año 2002 también
tenía abierto un proceso estatutario más adelantado
que el nuestro hasta el punto de que el proyecto de Estatutos
fue entregado a la Autoridad Eclesiástica para su autorización
en julio de dicho año. A partir de aquí el Director
del Secretariado de Hermandades y Cofradías de la diócesis
de Sevilla convocó a los hermanos promotores de la referida
Confraternidad y les dio a conocer una serie de premisas que
quedaron recogidas en carta circular remitida a todas las hermandades
implicadas en aquel proyecto.
En ese documento, del que nuestra Comisión de Estatutos
tuvo conocimiento en septiembre de 2002, podemos leer:
1...la documentación relativa al proyecto y, que una
vez examinada pudo comprobar (en referencia al citado Director)
que dicha documentación no se acogía a las normas
dictadas por el Arzobispado al efecto, puesto que todas las
hermandades habían manifestado su deseo de adhesión
a través de escritos de las Juntas de Gobierno, cuando
lo ordenado es que sea mediante acuerdo de Cabildo General de
cada una de las hermandades solicitantes.
Por otra parte, y con respecto a hermandades de otras diócesis...
nos informó que en cada diócesis se debe constituir
una Confraternidad, con sus respectivos Estatutos, aprobado
por cada Obispo y una vez constituídas las distintas
Confraternidades podrán agruparse todas en una Federación
a la que deberá dar el Visto Bueno el Sínodo de
los Obispos del Sur de España.
Trasladando lo anterior a nuestro caso entendimos que cualquier
progreso por el camino emprendido no sería útil
para nuestro propósito ya que, llegado el momento, nuestro
proyecto y conforme el criterio expresado por la más
inmediata Autoridad Eclesiástica en caso similar adolecería
de lo siguiente:
• Falta de autorización previa de los correspondientes
obispos de cada diócesis de cada Hermandad participante.
• Carencia de acuerdo en Cabildo o Asamblea General por
parte de todas y cada una de las hermandades participantes.
No obstante
la claridad de criterio sustentado, de manera novedosa para
nosotros, por la representación de la Autoridad Eclesiástica
decidimos solicitar audiencia al Director del Secretariado de
Hermandades y Cofradías del Arzobispado de Sevilla a
fin de que las normas e información que procediera quedasen
dirigidas expresamente a nuestro proyecto.
Tal visita tuvo lugar en el mes de diciembre de 2002 cuando
una comisión de tres hermanos de nuestra Hermandad, la
Oración en el Huerto, de Dos Hermanas, todos componentes
de la Comisión de Estatutos, fuimos recibidos por el
referido Director en su despacho oficial. En una primera instancia
el veredicto fue el mismo ya expresado en el caso similar que
hemos visto comprometiéndose el Sr. Director a pasarnos
su dictamen por escrito lo que, por nuestra parte, también
solicitamos por escrito en enero de 2003 con intención
de, tan pronto lo obtuvieramos, pasar copia a todas nuestras
hermandades.
El pasado 15 de mayo, no habiendo obtenido respuesta documentada
a nuestra consulta, entregamos en mano un segundo escrito de
petición al Sr. Director ya aludido ratificando el primero
y renovando la petición de dictamen.
Posteriormente se tuvieron noticias informales de que se preveía
una nueva estructura de delegaciones de la Conferencia Episcopal
a las distintas diócesis lo que podría incidir
en nuestro proyecto.
El 17 de junio la prensa nos trajo el siguiente titular: 1 Los
obispos aprobarán los estatutos de la región eclesiástica
andaluza@. El texto no se ha hecho público y por vía
extraoficial conocemos que tales estatutos no inciden en nuestro
proyecto además de que su entrada en vigor queda sujeta
a un trámite administrativo que puede alargarse en el
tiempo.
Con fecha 10 de septiembre pasado volvimos a incidir de igual
forma, por escrito y en mano, ante el mismo Sr. Director redactándose
a renglón seguido el presente Informe.
Las dificultades surgidas y el hecho de no vislumbrar una solución
rápida y eficaz nos llevó meses atrás a
dar a conocer la situación a la Hermandad de Baeza, organizadora
de este Congreso.
En junio pasado, en visita efectuada por un hermano nuestro
a esta querida Hermandad baezana, se consensuó como solución
de trámite lo siguiente:
•
Redactar el presente Informe y remitir a la Hermandad de Baeza
con tiempo suficiente para ser incluido en las carpetas de
trabajo de los congresistas.
• Representantes de la Hermandad de Dos Hermanas darán
pública lectura del mismo a manera de Comunicación
en el contexto del Congreso para lo que la Organización
habilitará el tiempo necesario.
• No dar por fallido el intento y emprender un nuevo
camino con el bagaje de la experiencia acumulada en los dos
últimos años.
• Seguir considerando que nuestra Confraternidad, por
su historial, resultados acumulados y proyección de
futuro, debe hacerse de unos Estatutos.
Por todo ello la Hermandad de la Oración en el Huerto,
de Dos Hermanas, propone a la Asamblea General de este VII
Congreso Nacional de Hermandades y Cofradías de la
Oración en el Huerto, Getsemaní 2003 Baeza,
los siguientes términos:
• Estructurarnos por diócesis.
• Dentro de cada diócesis que una Hermandad tome
la iniciativa y lidere el proceso estatutario.
• Cada grupo se denominará FRATERNIDAD de Hermandades
y Cofradías de la Oración en el Huerto de la
Diócesis de ________.
• Cada grupo redactará unos estatutos respetando
un índice común para lo que puede ser útil
el contenido en este Informe y que es el Índice diseñado
por la Comisión que trabajó sobre los Estatutos.
• Tan pronto tengamos constituidos dos grupos o Fraternidades
estos podrán asociarse bajo una federación que
se denominará CONFRATERNIDAD GETSEMANÍ.
Para ello esta misma Hermandad se compromete:
• A acatar la decisión de esta Asamblea General
sobre el particular.
• A coordinar la legalización del grupo de la
Archidiócesis de Sevilla previo conocimiento y aceptación
de las hermandades de la Oración en el Huerto de nuestra
diócesis, a saber, por orden alfabético:
o Alcalá de Guadaira
o la propia Dos Hermanas
o Lebrija
o Morón de la Frontera
o Sanlúcar la Mayor
o Sevilla
o y Utrera
•
A entregar a los grupos que así lo requiera el material
que poseemos y que pueda ser de utilidad tales como Índice-tipo
de los Estatutos, Reglamento actual de los Congresos, texto
de la Invocación inicial, texto de la Crónica
de la Confraternidad, etc...
Hasta
aquí cuanto la Hermandad de Dos Hermanas puede comunicar
sobre el encargo recibido en nuestro Congreso anterior de redactar
unos Estatutos para nuestra Confraternidad.
Por
la Hermandad de la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas
La Comisión de Estatutos de la Confraternidad Getsemaní |
|