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ANEXO Nº 1

“Informe sobre la redacción de Estatutos de la Confraternidad Getsemaní”


Que presenta la Antigua Hermandad del Santísimo Rosario y Cofradía de Nazarenos de la Sagrada Oración de Nuestro Señor Jesucristo en el Huerto y Nuestra madre y Señora de los Dolores de Dos Hermanas en el VII Congreso Nacional de HH. y CC. de la Oración en el Huerto, Getsemaní 2003 Baeza.

Estimados hermanos y hermanas en nuestro Cristo de la Oración:

Paz y bien

En nuestro VI Congreso, Getsemaní 2001 Valdepeñas, la Hermandad de Dos Hermanas por medio de uno de sus hermanos designado para ello propuso a la Asamblea la apertura de un proceso estatutario con el fin de dotar a nuestra Confraternidad de unos Estatutos para vernos aceptados como tal Confraternidad por la Autoridad Eclesiástica.

Cuando comenzamos nuestra andadura en 1991, en nuestro primer Congreso, Getsemaní 1991 Dos Hermanas, surgieron dos asuntos vitales en la Asamblea de clausura:

1. Aquel encuentro cofrade no podía quedarse en único.
2. Se hacía preciso un Reglamento que viniera a regular los encuentros sucesivos.

Así, la Hermandad de Archidona coordinó la redacción de un Reglamento que fue aprobado en Asamblea General en Getsemaní 1993 El Puerto de Santa María.
En definitiva se trataba de regular la elección de sede, la convocatoria, organización y desarrollo de nuestros congresos habiendo demostrado, desde entonces, una gran eficacia en 1995 Úbeda, 1997 Cartagena, 1999 Teruel, 2001 Valdepeñas y 2003 Baeza.

No obstante nuestra Confraternidad como tal no consta ante la Autoridad Eclesiástica si bien en la Conferencia Epìscopal constan los expedientes de todos los congresos celebrados.

Era por ello que la Hermandad de Dos Hermanas propuso hace dos años la redacción de unos Estatutos que nos diesen personalidad jurídica ante la Jerarquía de la Iglesia.
Como bien se recordará esta misma Hermandad tomó la iniciativa de dirigir la redacción de esos Estatutos y para ello recibió el mandato de la Asamblea en Valdepeñas 2001.

Recibido y aceptado el mandato en la Hermandad de Dos Hermanas nos pusimos manos a la obra. Sucedió el 8 de diciembre de 2001 y antes de final del mismo mes teníamos preparado un primer estudio que contemplaba la creación de una Comisión redactora, el procedimiento a seguir a lo largo de todo el proceso estatutario y un calendario que recogía el propio trabajo de la Comisión, información del proyecto a todas las hermandades con los correspondientes plazos de presentación de enmiendas y así hasta llegar a este Congreso de Baeza con un texto conocido, corregido, depurado y consensuado listo para su aprobación en Asamblea.

A partir de aquí se procedió a una recopilación de textos legales y normativas análogas a la que pretendíamos redactar. Así incluimos en nuestro material de trabajo el vigente Código de Derecho Canónico, Normas para Hermandades y Cofradías de algunas diócesis así como varios textos sobre Doctrina de la Iglesia y pensamiento cofrade.

Lugar preferente dimos al Reglamento de nuestros congresos porque el mismo, su texto y aplicación, traduce muy bien el espíritu de nuestra Confraternidad.

Entendimos que algo importante era hacernos de Estatutos de otras confraternidades en lo que sí encontramos algunas sorpresas como la existencia de confraternidades muy variadas en sus formas y de ámbito provincial o, como mucho, archidiocesano. En este aspecto encontramos:

• Tres de la Virgen de los Dolores
• Entrada de Jesús en Jerusalén
• Sagrada Cena
• Cristo de Medinaceli
• Virgen de la Esperanza
• Virgen del Rosario
• Nuestro Padre Jesús del Gran Poder
• Cristo de la Humildad
• Cristo de la Misericordia
• Cristo Cautivo
• Ecce Homo
• Cofradías Servitas
• Virgen de la Soledad
• Quinta Angustia...

En muchos casos sus actividades se reducen a Encuentros sin reglamentar y que se realizan cuando alguna Hermandad toma la iniciativa.

En otros todo queda en un Encuentro anual de muy poco contenido práctico si se deduce la celebración de la Santa Misa y una comida de confraternidad que sí están presente en todos los casos.

Como Confraternidad debidamente establecida encontramos cuatro:

Orden Tercera de los Siervos de María. En la práctica no actúa como Confraternidad cofrade.
Virgen de los Dolores. Fue la primera Confraternidad, procede del siglo XVII, tiene su sede en Madrid y actualmente está inoperativa.
Cruz Blanca. Coordina como Confraternidad una serie de actividades y centros de la Orden Hospitalaria.
Confraternidad de la Vera Cruz.

Ésta última es la única que presentaba un modelo de constitución que podría servirnos de guía. Por ello intentamos contactar con sus dirigentes lo que, en principio, era relativamente fácil ya que su sede oficial está en Sevilla. Sin embargo la realidad fue distinta porque en nuestras visitas no tuvimos la suerte de coincidir con el Presidente a quien se nos remitía como única opción. Tampoco obtuvimos respuesta a varios escritos.

Mediante el conocido cofraden madrileño don Enrique Guevara Pérez contactamos con don Luis María Paz Coiras, cofrade de Jerez de la Frontera, funcionario como asesor jurídico de la Diócesis de Jerez y Delegado Provincial de la Confraternidad de Hermandades y Cofradías de la Vera Cruz, condición ésta con la que nos firmó su interesante dictamen sobre el procedimiento a seguir. También el Sr. Paz nos gestionó la remisión de un ejemplar de los Estatutos de esa querida Confraternidad sin que en ello se tuviera éxito.

También establecimos contacto con el sacerdote asturiano don José Luis García, Delegado de la Confraternidad de la Vera Cruz en el Norte de España, quien tuvo la amabilidad de visitarnos y darnos cuenta del procedimiento a seguir coincidiendo con lo apuntado desde Jerez de la Frontera. Éste sacerdote sí nos consiguió un ejemplar de los Estatutos de la Confraternidad Vera Cruz que nos fue entregado directamente por el Secretario de dicha Confraternidad don José Salguero Sánchez quien nos advirtió de algo que nos resultaba novedoso. Aquellos Estatutos, aprobados por la Autoridad Eclesiástica en 1977, habían sido declarados fuera de vigencia por la propia Autoridad Eclesiástica quien instó a la Confraternidad a la redacción de unos nuevos siguiendo un procedimiento que aun no estaba definido.

Al margen de los contactos señalados se realizaron otras consultas procedimentales que nos dejó claro que la redacción de los Estatutos de nuestra Confraternidad no solo era posible sino deseable.

También nos quedó clarificada la cuestión de que las autorizaciones son provisionales por un plazo de entre tres y cinco años pero las diversas fuentes de información coincidieron en el hecho de que dada la existencia de hecho de la Confraternidad desde 1991 y su trayectoria sin lagunas dicho plazo a buen seguro quedaría fijado entre uno y tres años conforme el Derecho Canónico.

Los Estatutos debían contener y desarrollar elementos como Naturaleza de la Confraternidad, Fines, Señas de Identidad, Sede, Órgano de Gobierno, etc...

Una vez aprobado en Asamblea General presentarlos para su aprobación eclesiástica en la diócesis a la que correspondiera la Sede otorgada a la Confraternidad. Comoquiera que la Hermandad de Dos Hermanas, como Hermandad redactora del proyecto, se propondría como Sede de la Confraternidad se hizo una consulta a dos vicarios del Arzobispado de Sevilla quienes entendieron correcto el proceder.

De manera paralela a todas las gestiones señaladas la Comisión de Estatutos realizaba su trabajo de redacción. Esta Comisión la componían siete miembros, estaba presidida por el Hermano Mayor de la Hermandad de Dos Hermanas y a ella pertenecían hermanos y hermanas, jóvenes y veteranos, con el fin de aglutinar la mejor y mayor representación del espíritu cofrade.

Se diseñó un esquema para desarrollar en un articulado, esquema que contenía lo siguiente:

Invocación Inicial.
Oración al Espíritu Santo.
Crónica de la Confraternidad.
Breve reseña de lo acontecido desde el I Congreso en 1991
TÍTULO I. Principios Fundamentales.
Fines, Sede y Señas de Identidad.
TÍTULO II. Espiritualidad.
Conforme suelen recoger normas diocesanas para HH. y CC.
TÍTULO III. Miembros de la Confraternidad
TÍTULO IV. Vida de la Confraternidad
TÍTULO V. Órganos de Gobierno
TÍTULO VI. Patrimonio
DISPOSICIONES ADICIONALES
Si hubiere lugar a ellas.
DISPOSICIONES FINALES
Si hubiere lugar a ellas.
ANEXOS

Para recoger el Reglamento de los Congresos y las correspondientes certificaciones de aprobación y autorización de los propios Estatutos.

La Comisión había elevado a definitivas la redacción de buena parte del Proyecto como la Invocación Inicial, la Crónica y buena parte del articulado.

Hasta aquí todo el trabajo realizado en el primer semestre de 2002. Comoquiera que existía un significativo adelanto del calendario previsto la Comisión tomaba un receso durante la época estival para reanudar y concluir su trabajo en el mes de septiembre lo que aun suponía dos meses de adelanto al calendario previsto.

Nuestra Hermandad, la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas, en razón de una de sus cotitulares pertenece igualmente a la Confraternidad de Hermandades y Cofradías bajo la Advocación de María Santísima de los Dolores. Dicha Confraternidad es de ámbito provincial, ceñido a la provincia de Sevilla, y en el año 2002 también tenía abierto un proceso estatutario más adelantado que el nuestro hasta el punto de que el proyecto de Estatutos fue entregado a la Autoridad Eclesiástica para su autorización en julio de dicho año. A partir de aquí el Director del Secretariado de Hermandades y Cofradías de la diócesis de Sevilla convocó a los hermanos promotores de la referida Confraternidad y les dio a conocer una serie de premisas que quedaron recogidas en carta circular remitida a todas las hermandades implicadas en aquel proyecto.

En ese documento, del que nuestra Comisión de Estatutos tuvo conocimiento en septiembre de 2002, podemos leer:

1...la documentación relativa al proyecto y, que una vez examinada pudo comprobar (en referencia al citado Director) que dicha documentación no se acogía a las normas dictadas por el Arzobispado al efecto, puesto que todas las hermandades habían manifestado su deseo de adhesión a través de escritos de las Juntas de Gobierno, cuando lo ordenado es que sea mediante acuerdo de Cabildo General de cada una de las hermandades solicitantes.

Por otra parte, y con respecto a hermandades de otras diócesis... nos informó que en cada diócesis se debe constituir una Confraternidad, con sus respectivos Estatutos, aprobado por cada Obispo y una vez constituídas las distintas Confraternidades podrán agruparse todas en una Federación a la que deberá dar el Visto Bueno el Sínodo de los Obispos del Sur de España.

Trasladando lo anterior a nuestro caso entendimos que cualquier progreso por el camino emprendido no sería útil para nuestro propósito ya que, llegado el momento, nuestro proyecto y conforme el criterio expresado por la más inmediata Autoridad Eclesiástica en caso similar adolecería de lo siguiente:

• Falta de autorización previa de los correspondientes obispos de cada diócesis de cada Hermandad participante.
• Carencia de acuerdo en Cabildo o Asamblea General por parte de todas y cada una de las hermandades participantes.

No obstante la claridad de criterio sustentado, de manera novedosa para nosotros, por la representación de la Autoridad Eclesiástica decidimos solicitar audiencia al Director del Secretariado de Hermandades y Cofradías del Arzobispado de Sevilla a fin de que las normas e información que procediera quedasen dirigidas expresamente a nuestro proyecto.

Tal visita tuvo lugar en el mes de diciembre de 2002 cuando una comisión de tres hermanos de nuestra Hermandad, la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas, todos componentes de la Comisión de Estatutos, fuimos recibidos por el referido Director en su despacho oficial. En una primera instancia el veredicto fue el mismo ya expresado en el caso similar que hemos visto comprometiéndose el Sr. Director a pasarnos su dictamen por escrito lo que, por nuestra parte, también solicitamos por escrito en enero de 2003 con intención de, tan pronto lo obtuvieramos, pasar copia a todas nuestras hermandades.

El pasado 15 de mayo, no habiendo obtenido respuesta documentada a nuestra consulta, entregamos en mano un segundo escrito de petición al Sr. Director ya aludido ratificando el primero y renovando la petición de dictamen.

Posteriormente se tuvieron noticias informales de que se preveía una nueva estructura de delegaciones de la Conferencia Episcopal a las distintas diócesis lo que podría incidir en nuestro proyecto.

El 17 de junio la prensa nos trajo el siguiente titular: 1 Los obispos aprobarán los estatutos de la región eclesiástica andaluza@. El texto no se ha hecho público y por vía extraoficial conocemos que tales estatutos no inciden en nuestro proyecto además de que su entrada en vigor queda sujeta a un trámite administrativo que puede alargarse en el tiempo.

Con fecha 10 de septiembre pasado volvimos a incidir de igual forma, por escrito y en mano, ante el mismo Sr. Director redactándose a renglón seguido el presente Informe.
Las dificultades surgidas y el hecho de no vislumbrar una solución rápida y eficaz nos llevó meses atrás a dar a conocer la situación a la Hermandad de Baeza, organizadora de este Congreso.

En junio pasado, en visita efectuada por un hermano nuestro a esta querida Hermandad baezana, se consensuó como solución de trámite lo siguiente:

• Redactar el presente Informe y remitir a la Hermandad de Baeza con tiempo suficiente para ser incluido en las carpetas de trabajo de los congresistas.
• Representantes de la Hermandad de Dos Hermanas darán pública lectura del mismo a manera de Comunicación en el contexto del Congreso para lo que la Organización habilitará el tiempo necesario.
• No dar por fallido el intento y emprender un nuevo camino con el bagaje de la experiencia acumulada en los dos últimos años.
• Seguir considerando que nuestra Confraternidad, por su historial, resultados acumulados y proyección de futuro, debe hacerse de unos Estatutos.
Por todo ello la Hermandad de la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas, propone a la Asamblea General de este VII Congreso Nacional de Hermandades y Cofradías de la Oración en el Huerto, Getsemaní 2003 Baeza, los siguientes términos:
• Estructurarnos por diócesis.
• Dentro de cada diócesis que una Hermandad tome la iniciativa y lidere el proceso estatutario.
• Cada grupo se denominará FRATERNIDAD de Hermandades y Cofradías de la Oración en el Huerto de la Diócesis de ________.
• Cada grupo redactará unos estatutos respetando un índice común para lo que puede ser útil el contenido en este Informe y que es el Índice diseñado por la Comisión que trabajó sobre los Estatutos.
• Tan pronto tengamos constituidos dos grupos o Fraternidades estos podrán asociarse bajo una federación que se denominará CONFRATERNIDAD GETSEMANÍ.
Para ello esta misma Hermandad se compromete:
• A acatar la decisión de esta Asamblea General sobre el particular.
• A coordinar la legalización del grupo de la Archidiócesis de Sevilla previo conocimiento y aceptación de las hermandades de la Oración en el Huerto de nuestra diócesis, a saber, por orden alfabético:

o Alcalá de Guadaira
o la propia Dos Hermanas
o Lebrija
o Morón de la Frontera
o Sanlúcar la Mayor
o Sevilla
o y Utrera

• A entregar a los grupos que así lo requiera el material que poseemos y que pueda ser de utilidad tales como Índice-tipo de los Estatutos, Reglamento actual de los Congresos, texto de la Invocación inicial, texto de la Crónica de la Confraternidad, etc...

Hasta aquí cuanto la Hermandad de Dos Hermanas puede comunicar sobre el encargo recibido en nuestro Congreso anterior de redactar unos Estatutos para nuestra Confraternidad.

Por la Hermandad de la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas
La Comisión de Estatutos de la Confraternidad Getsemaní

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