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               | ANEXO 
                Nº 1
 “Informe sobre la redacción de Estatutos de la Confraternidad 
                Getsemaní”
 
  
                 Que presenta 
                  la Antigua Hermandad del Santísimo Rosario y Cofradía 
                  de Nazarenos de la Sagrada Oración de Nuestro Señor 
                  Jesucristo en el Huerto y Nuestra madre y Señora de los 
                  Dolores de Dos Hermanas en el VII Congreso Nacional de HH. y 
                  CC. de la Oración en el Huerto, Getsemaní 2003 
                  Baeza.
 Estimados hermanos y hermanas en nuestro Cristo de la Oración:
 
 Paz y bien
 
 En nuestro VI Congreso, Getsemaní 2001 Valdepeñas, 
                  la Hermandad de Dos Hermanas por medio de uno de sus hermanos 
                  designado para ello propuso a la Asamblea la apertura de un 
                  proceso estatutario con el fin de dotar a nuestra Confraternidad 
                  de unos Estatutos para vernos aceptados como tal Confraternidad 
                  por la Autoridad Eclesiástica.
 
 Cuando comenzamos nuestra andadura en 1991, en nuestro primer 
                  Congreso, Getsemaní 1991 Dos Hermanas, surgieron dos 
                  asuntos vitales en la Asamblea de clausura:
  
                 
                  1. Aquel encuentro cofrade no podía quedarse en único.2. Se hacía preciso un Reglamento que viniera a regular 
                  los encuentros sucesivos.
  
                 Así, 
                  la Hermandad de Archidona coordinó la redacción 
                  de un Reglamento que fue aprobado en Asamblea General en Getsemaní 
                  1993 El Puerto de Santa María.En definitiva se trataba de regular la elección de sede, 
                  la convocatoria, organización y desarrollo de nuestros 
                  congresos habiendo demostrado, desde entonces, una gran eficacia 
                  en 1995 Úbeda, 1997 Cartagena, 1999 Teruel, 2001 Valdepeñas 
                  y 2003 Baeza.
 
 No obstante nuestra Confraternidad como tal no consta ante la 
                  Autoridad Eclesiástica si bien en la Conferencia Epìscopal 
                  constan los expedientes de todos los congresos celebrados.
 
 Era por ello que la Hermandad de Dos Hermanas propuso hace dos 
                  años la redacción de unos Estatutos que nos diesen 
                  personalidad jurídica ante la Jerarquía de la 
                  Iglesia.
 Como bien se recordará esta misma Hermandad tomó 
                  la iniciativa de dirigir la redacción de esos Estatutos 
                  y para ello recibió el mandato de la Asamblea en Valdepeñas 
                  2001.
 
 Recibido y aceptado el mandato en la Hermandad de Dos Hermanas 
                  nos pusimos manos a la obra. Sucedió el 8 de diciembre 
                  de 2001 y antes de final del mismo mes teníamos preparado 
                  un primer estudio que contemplaba la creación de una 
                  Comisión redactora, el procedimiento a seguir a lo largo 
                  de todo el proceso estatutario y un calendario que recogía 
                  el propio trabajo de la Comisión, información 
                  del proyecto a todas las hermandades con los correspondientes 
                  plazos de presentación de enmiendas y así hasta 
                  llegar a este Congreso de Baeza con un texto conocido, corregido, 
                  depurado y consensuado listo para su aprobación en Asamblea.
 
 A partir de aquí se procedió a una recopilación 
                  de textos legales y normativas análogas a la que pretendíamos 
                  redactar. Así incluimos en nuestro material de trabajo 
                  el vigente Código de Derecho Canónico, Normas 
                  para Hermandades y Cofradías de algunas diócesis 
                  así como varios textos sobre Doctrina de la Iglesia y 
                  pensamiento cofrade.
 
 Lugar preferente dimos al Reglamento de nuestros congresos porque 
                  el mismo, su texto y aplicación, traduce muy bien el 
                  espíritu de nuestra Confraternidad.
 
 Entendimos que algo importante era hacernos de Estatutos de 
                  otras confraternidades en lo que sí encontramos algunas 
                  sorpresas como la existencia de confraternidades muy variadas 
                  en sus formas y de ámbito provincial o, como mucho, archidiocesano. 
                  En este aspecto encontramos:
  
                 
                  • Tres de la Virgen de los Dolores• Entrada de Jesús en Jerusalén
 • Sagrada Cena
 • Cristo de Medinaceli
 • Virgen de la Esperanza
 • Virgen del Rosario
 • Nuestro Padre Jesús del Gran Poder
 • Cristo de la Humildad
 • Cristo de la Misericordia
 • Cristo Cautivo
 • Ecce Homo
 • Cofradías Servitas
 • Virgen de la Soledad
 • Quinta Angustia...
  
                 En muchos 
                  casos sus actividades se reducen a Encuentros sin reglamentar 
                  y que se realizan cuando alguna Hermandad toma la iniciativa.
 En otros todo queda en un Encuentro anual de muy poco contenido 
                  práctico si se deduce la celebración de la Santa 
                  Misa y una comida de confraternidad que sí están 
                  presente en todos los casos.
 
 Como Confraternidad debidamente establecida encontramos cuatro:
  
                Orden Tercera de los Siervos de María. En la práctica 
                no actúa como Confraternidad cofrade.  
                Virgen de los Dolores. Fue la primera Confraternidad, procede 
                del siglo XVII, tiene su sede en Madrid y actualmente está 
                inoperativa.
  
                Cruz Blanca. Coordina como Confraternidad una serie de actividades 
                y centros de la Orden Hospitalaria.
  
                Confraternidad de la Vera Cruz.  
                 Ésta 
                  última es la única que presentaba un modelo de 
                  constitución que podría servirnos de guía. 
                  Por ello intentamos contactar con sus dirigentes lo que, en 
                  principio, era relativamente fácil ya que su sede oficial 
                  está en Sevilla. Sin embargo la realidad fue distinta 
                  porque en nuestras visitas no tuvimos la suerte de coincidir 
                  con el Presidente a quien se nos remitía como única 
                  opción. Tampoco obtuvimos respuesta a varios escritos.
 Mediante el conocido cofraden madrileño don Enrique Guevara 
                  Pérez contactamos con don Luis María Paz Coiras, 
                  cofrade de Jerez de la Frontera, funcionario como asesor jurídico 
                  de la Diócesis de Jerez y Delegado Provincial de la Confraternidad 
                  de Hermandades y Cofradías de la Vera Cruz, condición 
                  ésta con la que nos firmó su interesante dictamen 
                  sobre el procedimiento a seguir. También el Sr. Paz nos 
                  gestionó la remisión de un ejemplar de los Estatutos 
                  de esa querida Confraternidad sin que en ello se tuviera éxito.
 
 También establecimos contacto con el sacerdote asturiano 
                  don José Luis García, Delegado de la Confraternidad 
                  de la Vera Cruz en el Norte de España, quien tuvo la 
                  amabilidad de visitarnos y darnos cuenta del procedimiento a 
                  seguir coincidiendo con lo apuntado desde Jerez de la Frontera. 
                  Éste sacerdote sí nos consiguió un ejemplar 
                  de los Estatutos de la Confraternidad Vera Cruz que nos fue 
                  entregado directamente por el Secretario de dicha Confraternidad 
                  don José Salguero Sánchez quien nos advirtió 
                  de algo que nos resultaba novedoso. Aquellos Estatutos, aprobados 
                  por la Autoridad Eclesiástica en 1977, habían 
                  sido declarados fuera de vigencia por la propia Autoridad Eclesiástica 
                  quien instó a la Confraternidad a la redacción 
                  de unos nuevos siguiendo un procedimiento que aun no estaba 
                  definido.
 
 Al margen de los contactos señalados se realizaron otras 
                  consultas procedimentales que nos dejó claro que la redacción 
                  de los Estatutos de nuestra Confraternidad no solo era posible 
                  sino deseable.
 
 También nos quedó clarificada la cuestión 
                  de que las autorizaciones son provisionales por un plazo de 
                  entre tres y cinco años pero las diversas fuentes de 
                  información coincidieron en el hecho de que dada la existencia 
                  de hecho de la Confraternidad desde 1991 y su trayectoria sin 
                  lagunas dicho plazo a buen seguro quedaría fijado entre 
                  uno y tres años conforme el Derecho Canónico.
 
 Los Estatutos debían contener y desarrollar elementos 
                  como Naturaleza de la Confraternidad, Fines, Señas de 
                  Identidad, Sede, Órgano de Gobierno, etc...
 
 Una vez aprobado en Asamblea General presentarlos para su aprobación 
                  eclesiástica en la diócesis a la que correspondiera 
                  la Sede otorgada a la Confraternidad. Comoquiera que la Hermandad 
                  de Dos Hermanas, como Hermandad redactora del proyecto, se propondría 
                  como Sede de la Confraternidad se hizo una consulta a dos vicarios 
                  del Arzobispado de Sevilla quienes entendieron correcto el proceder.
 
 De manera paralela a todas las gestiones señaladas la 
                  Comisión de Estatutos realizaba su trabajo de redacción. 
                  Esta Comisión la componían siete miembros, estaba 
                  presidida por el Hermano Mayor de la Hermandad de Dos Hermanas 
                  y a ella pertenecían hermanos y hermanas, jóvenes 
                  y veteranos, con el fin de aglutinar la mejor y mayor representación 
                  del espíritu cofrade.
 
 Se diseñó un esquema para desarrollar en un articulado, 
                  esquema que contenía lo siguiente:
  
                 
                  Invocación Inicial. Oración al Espíritu Santo.
 Crónica de la Confraternidad.
 Breve reseña de lo acontecido desde el I Congreso en 
                  1991
 TÍTULO I. Principios Fundamentales.
 Fines, Sede y Señas de Identidad.
 TÍTULO II. Espiritualidad.
 Conforme suelen recoger normas diocesanas para HH. y CC.
 TÍTULO III. Miembros de la Confraternidad
 TÍTULO IV. Vida de la Confraternidad
 TÍTULO V. Órganos de Gobierno
 TÍTULO VI. Patrimonio
 DISPOSICIONES ADICIONALES
 Si hubiere lugar a ellas.
 DISPOSICIONES FINALES
 Si hubiere lugar a ellas.
 ANEXOS
  
                 Para recoger 
                  el Reglamento de los Congresos y las correspondientes certificaciones 
                  de aprobación y autorización de los propios Estatutos.
 La Comisión había elevado a definitivas la redacción 
                  de buena parte del Proyecto como la Invocación Inicial, 
                  la Crónica y buena parte del articulado.
 
 Hasta aquí todo el trabajo realizado en el primer semestre 
                  de 2002. Comoquiera que existía un significativo adelanto 
                  del calendario previsto la Comisión tomaba un receso 
                  durante la época estival para reanudar y concluir su 
                  trabajo en el mes de septiembre lo que aun suponía dos 
                  meses de adelanto al calendario previsto.
 
 Nuestra Hermandad, la Oración en el Huerto, de Dos Hermanas, 
                  en razón de una de sus cotitulares pertenece igualmente 
                  a la Confraternidad de Hermandades y Cofradías bajo la 
                  Advocación de María Santísima de los Dolores. 
                  Dicha Confraternidad es de ámbito provincial, ceñido 
                  a la provincia de Sevilla, y en el año 2002 también 
                  tenía abierto un proceso estatutario más adelantado 
                  que el nuestro hasta el punto de que el proyecto de Estatutos 
                  fue entregado a la Autoridad Eclesiástica para su autorización 
                  en julio de dicho año. A partir de aquí el Director 
                  del Secretariado de Hermandades y Cofradías de la diócesis 
                  de Sevilla convocó a los hermanos promotores de la referida 
                  Confraternidad y les dio a conocer una serie de premisas que 
                  quedaron recogidas en carta circular remitida a todas las hermandades 
                  implicadas en aquel proyecto.
 
 En ese documento, del que nuestra Comisión de Estatutos 
                  tuvo conocimiento en septiembre de 2002, podemos leer:
 
 1...la documentación relativa al proyecto y, que una 
                  vez examinada pudo comprobar (en referencia al citado Director) 
                  que dicha documentación no se acogía a las normas 
                  dictadas por el Arzobispado al efecto, puesto que todas las 
                  hermandades habían manifestado su deseo de adhesión 
                  a través de escritos de las Juntas de Gobierno, cuando 
                  lo ordenado es que sea mediante acuerdo de Cabildo General de 
                  cada una de las hermandades solicitantes.
 
 Por otra parte, y con respecto a hermandades de otras diócesis... 
                  nos informó que en cada diócesis se debe constituir 
                  una Confraternidad, con sus respectivos Estatutos, aprobado 
                  por cada Obispo y una vez constituídas las distintas 
                  Confraternidades podrán agruparse todas en una Federación 
                  a la que deberá dar el Visto Bueno el Sínodo de 
                  los Obispos del Sur de España.
 
 Trasladando lo anterior a nuestro caso entendimos que cualquier 
                  progreso por el camino emprendido no sería útil 
                  para nuestro propósito ya que, llegado el momento, nuestro 
                  proyecto y conforme el criterio expresado por la más 
                  inmediata Autoridad Eclesiástica en caso similar adolecería 
                  de lo siguiente:
  
                 
                  • Falta de autorización previa de los correspondientes 
                  obispos de cada diócesis de cada Hermandad participante.• Carencia de acuerdo en Cabildo o Asamblea General por 
                  parte de todas y cada una de las hermandades participantes.
  
                 No obstante 
                  la claridad de criterio sustentado, de manera novedosa para 
                  nosotros, por la representación de la Autoridad Eclesiástica 
                  decidimos solicitar audiencia al Director del Secretariado de 
                  Hermandades y Cofradías del Arzobispado de Sevilla a 
                  fin de que las normas e información que procediera quedasen 
                  dirigidas expresamente a nuestro proyecto.
 Tal visita tuvo lugar en el mes de diciembre de 2002 cuando 
                  una comisión de tres hermanos de nuestra Hermandad, la 
                  Oración en el Huerto, de Dos Hermanas, todos componentes 
                  de la Comisión de Estatutos, fuimos recibidos por el 
                  referido Director en su despacho oficial. En una primera instancia 
                  el veredicto fue el mismo ya expresado en el caso similar que 
                  hemos visto comprometiéndose el Sr. Director a pasarnos 
                  su dictamen por escrito lo que, por nuestra parte, también 
                  solicitamos por escrito en enero de 2003 con intención 
                  de, tan pronto lo obtuvieramos, pasar copia a todas nuestras 
                  hermandades.
 
 El pasado 15 de mayo, no habiendo obtenido respuesta documentada 
                  a nuestra consulta, entregamos en mano un segundo escrito de 
                  petición al Sr. Director ya aludido ratificando el primero 
                  y renovando la petición de dictamen.
 
 Posteriormente se tuvieron noticias informales de que se preveía 
                  una nueva estructura de delegaciones de la Conferencia Episcopal 
                  a las distintas diócesis lo que podría incidir 
                  en nuestro proyecto.
 
 El 17 de junio la prensa nos trajo el siguiente titular: 1 Los 
                  obispos aprobarán los estatutos de la región eclesiástica 
                  andaluza@. El texto no se ha hecho público y por vía 
                  extraoficial conocemos que tales estatutos no inciden en nuestro 
                  proyecto además de que su entrada en vigor queda sujeta 
                  a un trámite administrativo que puede alargarse en el 
                  tiempo.
 
 Con fecha 10 de septiembre pasado volvimos a incidir de igual 
                  forma, por escrito y en mano, ante el mismo Sr. Director redactándose 
                  a renglón seguido el presente Informe.
 Las dificultades surgidas y el hecho de no vislumbrar una solución 
                  rápida y eficaz nos llevó meses atrás a 
                  dar a conocer la situación a la Hermandad de Baeza, organizadora 
                  de este Congreso.
 
 En junio pasado, en visita efectuada por un hermano nuestro 
                  a esta querida Hermandad baezana, se consensuó como solución 
                  de trámite lo siguiente:
  
                 
                   • 
                    Redactar el presente Informe y remitir a la Hermandad de Baeza 
                    con tiempo suficiente para ser incluido en las carpetas de 
                    trabajo de los congresistas.• Representantes de la Hermandad de Dos Hermanas darán 
                    pública lectura del mismo a manera de Comunicación 
                    en el contexto del Congreso para lo que la Organización 
                    habilitará el tiempo necesario.
 • No dar por fallido el intento y emprender un nuevo 
                    camino con el bagaje de la experiencia acumulada en los dos 
                    últimos años.
 • Seguir considerando que nuestra Confraternidad, por 
                    su historial, resultados acumulados y proyección de 
                    futuro, debe hacerse de unos Estatutos.
 Por todo ello la Hermandad de la Oración en el Huerto, 
                    de Dos Hermanas, propone a la Asamblea General de este VII 
                    Congreso Nacional de Hermandades y Cofradías de la 
                    Oración en el Huerto, Getsemaní 2003 Baeza, 
                    los siguientes términos:
 • Estructurarnos por diócesis.
 • Dentro de cada diócesis que una Hermandad tome 
                    la iniciativa y lidere el proceso estatutario.
 • Cada grupo se denominará FRATERNIDAD de Hermandades 
                    y Cofradías de la Oración en el Huerto de la 
                    Diócesis de ________.
 • Cada grupo redactará unos estatutos respetando 
                    un índice común para lo que puede ser útil 
                    el contenido en este Informe y que es el Índice diseñado 
                    por la Comisión que trabajó sobre los Estatutos.
 • Tan pronto tengamos constituidos dos grupos o Fraternidades 
                    estos podrán asociarse bajo una federación que 
                    se denominará CONFRATERNIDAD GETSEMANÍ.
 Para ello esta misma Hermandad se compromete:
 • A acatar la decisión de esta Asamblea General 
                    sobre el particular.
 • A coordinar la legalización del grupo de la 
                    Archidiócesis de Sevilla previo conocimiento y aceptación 
                    de las hermandades de la Oración en el Huerto de nuestra 
                    diócesis, a saber, por orden alfabético:
 
                   
                    o Alcalá de Guadairao la propia Dos Hermanas
 o Lebrija
 o Morón de la Frontera
 o Sanlúcar la Mayor
 o Sevilla
 o y Utrera
 
                   • 
                    A entregar a los grupos que así lo requiera el material 
                    que poseemos y que pueda ser de utilidad tales como Índice-tipo 
                    de los Estatutos, Reglamento actual de los Congresos, texto 
                    de la Invocación inicial, texto de la Crónica 
                    de la Confraternidad, etc...  
                 Hasta 
                  aquí cuanto la Hermandad de Dos Hermanas puede comunicar 
                  sobre el encargo recibido en nuestro Congreso anterior de redactar 
                  unos Estatutos para nuestra Confraternidad.  Por 
                la Hermandad de la Oración en el Huerto, de Dos HermanasLa Comisión de Estatutos de la Confraternidad Getsemaní
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