BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA
DE SEMANA SANTA DE PADUL 2019
Gabinete
de Comunicación
Excmo. Ayuntamiento de Padul
Padul, 27 de marzo de 2018
El área
de Cultura del Ayuntamiento de Padul convoca los premios
de fotografía de Semana Santa del año 2019.
Base 1. Finalidad del concurso.
Incentivar la cultura del municipio, en concreto la fotografía
cofrade y escoger las fotos más representativas
y de mayor calidad para ilustrar el cartel anunciador de
la Semana Santa del próximo año.
Base 2. Participantes.
La convocatoria está dirigida a aquellas personas
que soliciten participar en el concurso de fotografiasen
el tiempo y forma establecido en las presentes bases.
No podrán participar en esta convocatoria quienes,
cumpliendo los requisitos específicos de participación
establecidos en la misma, estén incursos en alguna
de las causas de prohibición para obtener la condición
de beneficiarios que establece el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-LGS-.
Base 3. Solicitudes y Documentación.
Los participantes presentarán cuantas fotografías
estimen oportunas, que en esta ocasión serán
tomadas a la Hermandad del
Santo Sepulcro. Quedando excluidos
de concurso los montajes fotográficos.
Las fotografías premiadas pasarán a ser
propiedad del Ayuntamiento de Padul, el cual podrá hacer
libre uso de las mismas.
Base 4. Plazo de admisión de fotografías
y de resolución del concurso.
Las fotografías participantes deberán entregarse
en el Área de Cultura del Ayuntamiento de Padul
en un sobre cerrado en cuyo interior se encuentre igualmente
un sobre cerrado que contenga los datos del autor/a: nombre,
apellidos, DNI, dirección y teléfono. Deberán
entregarse entre el 2 de abril y el 11 de octubre de 2018.
El Jurado resolverá durante el primer trimestre
de 2019, entregándose los premios durante el acto
de presentación del cartel de Semana Santa de Padul
2019.
Base 5. Publicidad de las bases.
Las bases podrán ser consultadas en el tablón
de edictos del Ayuntamiento, en la página web de
la Corporación y en el Facebook de la Corporación
municipal.
Base 6. Jurado.
El Jurado estará constituido por los siguientes
miembros:
Dos representantes de la Administración
municipal:
El concejal de Cultura: D. Francisco Medina
Peregrina.
El concejal de Comunicación y Atención
Ciudadana: D. Manuel Villena Santiago
El presidente dela Federación de Asociaciones
de Semana Santa de Padul.
Los/as hermanos/as mayores
de las Hermandades y Cofradías
pertenecientes a dicha federación.
Actuará como presidente del Jurado Don Francisco
Medina Peregrina Concejal de Fiestas, y como secretario
Don Manuel Villena Santiago, Concejal de Comunicación
y Educación.
El jurado está autorizado para resolver cualquier
problema que se genere, esté contemplado o no en
las bases, tendrá competencia y autoridad para resolver
los conflictos e imprevistos.
El jurado tomará acuerdos por mayoría de
votos y su fallo será inapelable, igualmente se
reserva el derecho a declarar desiertos todos o algunos
de los premios, si las solicitudes presentadas no reunieran
a su criterio los méritos suficientes.
La organización no se responsabiliza de daños
personales o materiales de los concursantes durante el
desarrollo del evento.
Base 7. Criterios por valorar.
De entre todas las solicitudes y propuestas recibidas
se tendrán en cuenta los siguientes criterios e
indicadores de valoración:
La calidad y originalidad de la fotografía.
El
resto de cualidades que posibilitan que la fotografía
sea representativa de los valores de la Semana Santa
paduleña.
Base 8. Premios.
Se establecen los siguientes premios:
Primer premio: 200 €
Segundo premio: 100 €
Los premios serán pagados en metálico a
través de la Tesorería municipal a los que
resulten premiados conforme al acta del Jurado y a la Resolución
de Alcaldía.
A dichos premios se les aplicará la correspondiente
deducción por IRPF conforme a lo dispuesto en la
legislación vigente.
Los premios se otorgarán con cargo a la aplicación
presupuestaria correspondiente del Presupuesto Municipal
del ejercicio 2019.
A efectos de la justificación de los premios será aplicable
lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-, esto
es, que
por otorgarse los premios en atención a la concurrencia
de una determinada situación del perceptor no requieren
una justificación ulterior.
Base 9. Fallo del jurado y entrega de premios.
El fallo del jurado, del que se levantará la correspondiente
acta, se hará público en el acto oficial
de presentación del cartel de Semana Santa 2019.
La resolución de concesión de los premios
se realizará mediante Decreto de la Alcaldía.
Una vez realizada la resolución y la comprobación
del cumplimiento de los requisitos establecidos, el abono
de los premios se realizará tras la resolución
de alcaldía, lo cual conllevará la notificación
por escrito a los ganadores en el plazo máximo de
un mes.
Base 10. Obligaciones de los beneficiarios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
14.1.e) LGS, los participantes que resulten premiados deberán
acreditar que se encuentran al corriente del cumplimiento
de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y
no ser deudores al Ayuntamiento por cualquier concepto.
Asimismo, deberán presentar declaración
de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
previstas en el artículo 13 LGS.